Exoneración modelo 390 IVA

Como novedad, en enero de 2015, no están obligados a presentar la Declaración Resumen Anual de IVA de 2014 (modelo 390), aquellos contribuyentes que realicen actividades en régimen simplificado y/o operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos y además cumplan las siguientes condiciones:

a) que tributen sólo en territorio común (es decir, en la Península y Baleares, exceptuando los territorios forales del País Vasco y Navarra);
b) que estén obligados a presentar el último trimestre de IVA de 2014 durante el mes de enero de 2015; y,
c) que presenten el nuevo modelo trimestral 303, que incluye una serie de casillas informativas adicionales, las cuales se han de cumplimentar debidamente.

El plazo de presentación de este nuevo modelo 303 del cuarto trimestre no varía respecto al de años anteriores: comienza el 1 de enero de y finaliza el 30 de enero, excepto si se desea realizar la presentación telemática con la opción de domiciliación en la cuenta bancaria del contribuyente, pues en este caso, el plazo de presentación termina el 25 de enero.

Recomendamos que para una mayor información sobre las declaraciones a presentar en enero de 2015 os pongáis en contacto con nuestro área de fiscal.